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Se cubren los daños materiales directos sufridos por los equipos electrónicos asegurados por cualquier causa accidental súbita e imprevista, que no haya sido excluida expresamente y mientras se encuentren en el domicilio de riesgo declarado.
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Daños materiales directos.
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Daños por falla en la red eléctrica pública.
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Incendio.
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Accidente.
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Robo (excluye hurto).
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